Coalición Independencia y Progreso

El sábado 25 de agosto del año 2012, nació en Caracas, la Coalición Independencia y Progreso. Fruto del trabajo de diferentes organizaciones de trabajadores y ciudadanos, esta coalición se plantea el reto de agregar valor a la lucha por Democratizar el Poder Electoral, y poder así, convocar elecciones venezolanas auténticas, camino único para llegar acuerdos sanos que faciliten la gobernabilidad de nuestra nación.

sábado, 1 de septiembre de 2012

CARTA ABIERTA a la Sociedad Venezolana y sus instituciones, en ocasión del denominado “‬SIMULACRO ELECTORAL‭”


 - 31-08-2012 -

El pasado sábado 25 de agosto, un grupo de organizaciones de la sociedad civil, de los derechos humanos y de los trabajadores, nos unimos para crear la Coalición Independencia y Progreso.

En el acto leímos la “DECLARACIÓN DE CARACAS, manifiesto que proclama la necesidad imperiosa de conquistar elecciones venezolanas auténticas, inspiradas en el numeral 3 del artículo 21 de la Declaración Universal de DDHH que establece:La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual, y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. (http://declaraciondecaracas.blogspot.com/  -- Ver Anexo Antecedentes de la Coalición Independencia y Progreso).

A menos de una semana delSimulacro, se han aprobado dos resoluciones que merecen una Alerta  especial e inmediata. Estamos hablando de cambios extemporáneos en el Reglamento Electoral, aprobados en privado por la directiva del CNE el pasado primero de agosto, publicada en gaceta electoral el 24 de agosto, y disponible al público a través del portal de Internet del CNE a partir del día 28 de agosto, es decir, hace apenas 3 días.
. 
VOTOLIMPIO y ESDATA, organizaciones adherentes a la DECLARACIÓN de CARACAS, puntualizaron las siguientes observaciones:

Primer Hecho: NUEVO DISPOSITIVO Y REGLAS DE ULTIMA HORA

1.- Se colocará un equipo de computación conectado al data center del CNE, única y exclusivamente en los centros de 3 mesas o más, tal como se lee en el numeral 2 de su artículo 312 (*1). Esta acción permitirá al CNE (Psuv) conocer en tiempo real que votantes han asistido, y por tanto los que no lo han hecho, creándose así una ventaja operacional inadmisible en un país con elecciones auténticas.

2.- Gracias a esta novedosísima versión del reglamento, si la máquina no reconoce la huella del elector, ya sea porque NO ESTÁ registrada o ES DIFERENTE a la registrada, el elector IGUALMENTE VOTARÁ. Ante esta situación, el elector irregular votará sin llenar ninguna planilla ni realizar ningún procedimiento, solamente tendrá que proceder a registrar sus huellas y votar, y no se producirá ninguna "traza de papel". Todo el asunto de la tinta indeleble, la revisión en el cuaderno de votación, la verificación de la cédula, y otros trámites que daban la certeza de que un elector votaría solamente una vez, quedarían atrás gracias a un sólo artículo del NUEVO reglamento general electoral, el Artículo 323 (numerales 2.3 y 2.4) (*2).  Queda así claramente establecido que este multimillonario sistema no previene la suplantación de identidad ni el múltiple ejercicio del voto por un mismo elector en diferentes mesas.

3.- Con sólo 2 de los 4 campos de nombres y apellidos que coincidan el elector podrá votar. Si en el SAI está registrado un elector con nombre PEDRO ANTONIO PEREZ GONZALEZ, alguien cuya cédula diga solo PEDRO PEREZ o PEDRO GONZALEZ o ANTONIO PEREZ o ANTONIO GONZALEZ podrá VOTAR en nombre de PEDRO ANTONIO PEREZ GONZALEZ. Ver numeral 1.5 del artículo 323 (*3).

4.- El último de los cuatro cambios más relevantes al proceso de votación, impuesto por esta reforma extemporánea del Reglamento determina que, a diferencia de la versión anterior, ya no se llenará la planilla de Control de Incidencias para solicitar una clave de desbloqueo en los casos que la huella no coincida ni en los casos de personas sin registro de huella, una vez alcanzado ciertotopeque tampoco ha sido definido. Es decir, para la generación de una nueva clave de desbloqueo ante estas dos eventualidades, tampoco quedará unatraza de papel” (*4 : Artículo 325).

Segundo hecho:SIMULACRO ELECTORAL CON CANDIDATOS REALES

A.- Según el artículo 323, numerales 1.4 y 2.5 del reglamento electoral, si la máquina dice que usted YA VOTÓ, entonces el elector no votará, y según el artículo 324, numeral 3, será puesto a la orden del Ministerio Público para una investigación (*5). Esto permitiría que aquellas máquinas que no sean sometidas a una inicialización correctamente auditada, podrían impedir el voto de un elector en la elección presidencial del 7 de octubre, por el simple hecho de que participó en el Simulacro Electoral de 2 de septiembre.

B.- El reglamento NO contempla que ni EL CUADERNO DE VOTACION ni LA TINTA indeleble sean  métodos para certificar si un elector YA VOTÓ. Es decir, si el SAI indica que el elector YA VOTÓ aunque ni su firma, ni su huella aparezcan en el cuaderno de votación y aunque su meñique no esté teñido de tinta EL ELECTOR NO PODRÁ VOTAR, SE LEVANTARÁ UNA INCIDENCIA Y SERÁ CAUSAL PARA UNA INVESTIGACION POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Todos estos elementos, nos hacen pensar, que el CNE prefirió publicar a última hora los cambios extemporáneos al Reglamento, para así no dar oportunidad a las correcciones de rigor.

En virtud de las graves implicaciones de las anomalías encontradas, hemos decidido lo siguiente:

I.- ELEVAR PROTESTA PÚBLICA Y NOTORIA sobre las modificaciones extemporáneas realizadas, ya que están taxativamente prohibidas por el artículo 298 de nuestra constitución;

II.- Solicitar al CNE que sustituya lostarjetonesdel Simulacro por unos que no tengan relación alguna con los candidatos de la elección del 7 de octubre, a la vez que se emita una declaración formal del CNE, que establezca que ningún elector que haya participado en el Simulacro tendrá impedimento alguno de ir a votar en la verdadera elección del 7 de octubre;

III.- En caso de no lograrse lo requerido en el punto anterior, hacemos un llamado a que la población se abstenga de ir al simulacro electoral.

Suscriben en Caracas, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil doce (31-08-2012),    

VOTOLIMPIO           POR LA CONCIENCIA           A.C.FAMILIA METRO

JUSTICIA Y PROGRESO         UN MUNDO SIN MORDAZA         FUNDEPRO

(Por el margen estrecho de las fechas no fue posible recibir las autorizaciones de 10 organizaciones,  
que seguro estamos hubieran suscrito el presente documento)

Anexo A.- Antecedentes de la Coalición Independencia y Progreso

Previo al nacimiento de la Coalición, varias organizaciones planteamos la  inconstitucionalidad de la aplicación del sistema SAI. Alertamos además, sobre la necesidad de realizar una auditoría seria, como única vía para subsanar las inconsistencias de un Registro Electoral que no ha sido auditado desde el año 2005.

Denunciamos las prácticas ventajistas del Gobierno Central y el silencio cómplice del Consejo Nacional Electoral, que amparados en todos los cambios realizados a las leyes bajo la oscuridad de la noche, nos han colocado nuevamente a las puertas de una elección controlada, y previamente ensayada.

Este relato histórico lo hemos recogido en el documento base de la Declaración de Caracas, y que hemos titulado LAS ELECCIONES Y EL PODER EN TIEMPOS DE LA V REPÚBLICA.

Propusimos al COMANDO VENEZUELA la creación de una MESA TÉCNICA para analizar las inconsistencias del RE y la FALACIA existente en torno al SAI. Expusimos lo importante que es alcanzar acuerdos claves en una materia técnica cuya frontera con lo político, es tan pequeña como la distancia que hay entre el espacio para colocar el pulgar en la captahuella y el óvalo del candidato a elegir en la Pantalla de Votación. 


Para dejar constancia de nuestras diligencias, hemos entregado formalmente al Comando y a su Unidad Estratégica, un documento denominadoLA RECTA FINAL, en la que le planteamos acciones concretas en los 4 aspectos relevantes, que a nuestro juicio, pueden afectar los resultados finales, y por tanto, convertir nuevamente a una mayoría en una minoría de papel. 

Anexo B.- Artículos citados

(*1) Artículo 312: "En los Centros de Votación con tres o más Mesas Electorales, se habilitará una Estación de Información al Elector, la cual dispondrá de equipos de computación con la información contenida en el Registro Electoral y un sistema de distribución de electores y de control de acompañantes. En esta Estación se hará entrega a la electora o elector de un instrumento que indique el número de cédula de identidad, la página y renglón del cuaderno de votación, de tal manera que la búsqueda en la Mesa Electoral se haga de manera expedita."

(*2) Artículo 323: “... 2.3 En caso de que el dispositivo refleje que la huella de la electora o elector no coincide con la registrada en el Sistema de Autenticación Integral, la Operadora u Operador del Sistema Integrado informará de tal circunstancia a la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral, quien le informará de la situación a la electora o elector para que coloque el dedo pulgar de la mano  izquierda en el dispositivo para la captación de su huella dactilar. Si no coincide, el Operador del Sistema Integrado procederá a registrar ambas huellas dactilares. Una vez cumplido con el referido procedimiento la electora o elector procederá a ejercer su derecho al voto.   2.4 En caso de que el dispositivo refleje que la electora o elector no posee huella dactilar registrada en el Sistema de Autenticación Integral, la Operadora u Operador del Sistema Integrado informará de tal circunstancia a la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral, quien le informará de la situación a la electora o elector, y procederá a capturar las huellas dactilares de la electora o elector en el siguiente orden: pulgar derecho, pulgar izquierdo, índice derecho e índice izquierdo. Una vez completada la captura de las huellas la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral activará la máquina de votación una vez que la electora o elector esté frente a la misma para ejercer su derecho al voto.

(*3) Artículo 323:....1.5.- En caso de que el dispositivo de autenticación integral indique que los nombres y apellidos de la electora o elector no coinciden con al menos un nombre y un apellido de la cédula de identidad laminada de la electora o elector, la Operadora u Operador del Sistema Integrado informará de tal circunstancia a la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral, quien le informará de la situación a la electora o elector para que inicie el Procedimiento de Control de Incidencias establecido en el artículo 324 del presente Reglamento, y terminará el proceso de votación.

(*4) Artículo 325: Cuando el dispositivo de autenticación integrado alcance el tope de electoras o electores relacionado a eventos de: huella no coincide, persona con discapacidad permanente en miembros superiores, personas sin registro de huella, el dispositivo se bloqueará y la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral hará uso de la primera clave asignada para desbloquear el dispositivo de autenticación integral.  En caso de volver a presentarse esta condición para alguno de los casos, la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral gestionará la solicitud de una segunda clave, de acuerdo a lo establecido en los manuales y protocolos aprobados por el Consejo Nacional Electoral.

(*5) Artículo 323.-El procedimiento de Autenticación Integrado se realizará de la siguiente manera:  ..... 1.4 En caso de que el dispositivo de autenticación integral indique que    el número de cédula de identidad de la electora o electorYA VOTÓ, la Operadora u Operador del Sistema Integrado informará de tal circunstancia a la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral, quien le informará de la situación a la electora o elector para que inicie el Procedimiento de Control de Incidencias establecido en el artículo 324 del presente Reglamento,    y terminará el proceso de votación.....  2.5 En caso de que el dispositivo de autenticación integral indique que la huella dactilar de la electora o electorYA VOTÓ, la Operadora u Operador del Sistema Integrado informará de tal circunstancia a la Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral, quien le informará de la situación a la electora o elector para que inicie el Procedimiento de Control de Incidencias establecido en el artículo 324 del presente Reglamento,    y terminará el proceso de votación.

Artículo 324.-En los supuestos previstos en los numerales 1.4, 1.5 y 2.5 del artículo anterior, se aplicará el Procedimiento de Control de Incidencias de la electora o elector de la siguiente manera: .... 3. La Presidenta o Presidente de la Mesa Electoral al concluir la jornada incorporará la Planilla de Incidencias en el Sobre Nº 1, que será remitido a la Junta Nacional Electoral, a los fines de que se inste al Ministerio Público para el posible inicio de la investigación correspondiente. En estos casos, la electora o elector deberá retirarse de la Mesa Electoral.

Anexo C.- Infografía del proceso de autenticación de las huellas (cortesía Votolimpio)



5 comentarios:

  1. un llamado a la absencion a esas alturas es contrario a los ideales progresisitas por el cambio.
    hay que salir a votar y despues activar los articulos 333 y 350 y cabar con esa farsa.
    pero no podemos dejar que nos arrebaten al pais como lo hicieron con la asamblea nacional.

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  2. www.porncasosvenezuela.blogspot.com

    Valencia, 04-02-2001.
    Estado, Carabobo.
    Atención; Ciudadana fiscal general LUISA ORTEGA DIAZ.
    Los accidentes provocado por algunas agencias CHINAS JAPONESAS Y COREANAS INCLUYEN LA REFINERIA DE AMUAY
    Ministerio Público
    Denuncia Violaciones a Los derechos Humanos Torturas.
    Campana Mundial Contra las Cauterizaciones, Torturas, Utilización de Armas para deterioro de ADN, Cauterizaciones Celulares y Emisión de Descrgas Nano Voltaicas.

    En esta primera comunicación quisiéramos explicarles la intención de presentar este caso.
    Para introducir a los abogados en estos tipos violaciones a los derechos humanos, Al recolectar información acerca de cómo algunas organizaciones de estudio de la raza humana realizan actividades criminales de acoso, deterioro genético, manipulaciones y daños biológicos.
    Como parte de la información que se presenta para que sea examinada se tienen archivos, libros de agencias, organizaciones de estudio de la raza humana, grabaciones, programas de televisión, precedentes legales, metodologías de investigación para la determinación de tecnologías, Discovery Chanel y History Chanel, Producción RTVE División de Neuro Ciencias Sevilla Implantación de Nano Electrodos (Técnicas de Borrado Selectivo de Memoria), NCTV y TVS.


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  3. www.porncasosvenezuela.blogspot.com

    Valencia, 04-02-2001.
    Estado, Carabobo.
    Atención; Ciudadana fiscal general LUISA ORTEGA DIAZ.
    Los accidentes provocado por algunas agencias CHINAS JAPONESAS Y COREANAS INCLUYEN LA REFINERIA DE AMUAY
    Ministerio Público
    Denuncia Violaciones a Los derechos Humanos Torturas.
    Campana Mundial Contra las Cauterizaciones, Torturas, Utilización de Armas para deterioro de ADN, Cauterizaciones Celulares y Emisión de Descrgas Nano Voltaicas.

    En esta primera comunicación quisiéramos explicarles la intención de presentar este caso.
    Para introducir a los abogados en estos tipos violaciones a los derechos humanos, Al recolectar información acerca de cómo algunas organizaciones de estudio de la raza humana realizan actividades criminales de acoso, deterioro genético, manipulaciones y daños biológicos.
    Como parte de la información que se presenta para que sea examinada se tienen archivos, libros de agencias, organizaciones de estudio de la raza humana, grabaciones, programas de televisión, precedentes legales, metodologías de investigación para la determinación de tecnologías, Discovery Chanel y History Chanel, Producción RTVE División de Neuro Ciencias Sevilla Implantación de Nano Electrodos (Técnicas de Borrado Selectivo de Memoria), NCTV y TVS.


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  4. Crímenes de Lesa Humanidad – Torturas en Venezuela

    Hemos tratado de hablar con el presidente Hugo Rafael Chávez Frías a cerca de estos crímenes que suceden en algunos lugares del mundo


    Sistemas Caóticos Dinámicos Explicados a Través de la Percepción de Estrategias de Manipulación de Sistemas Cuyas Variables son Humanas.
    Para describir como el sistema puede realizar distintos tipos de manipulaciones incluso y como producto de distintos tipos de eventos e interacciones de movimientos incluyendo recurrencias podemos utilizar algunas teorías como las que se muestran a continuación.
    TEORIA DE FUERZAS TENSORAS EN SISTEMAS HIPERCAOTICOS INTEGRACION EINSTEIN-BOR.
    Basadas en las teorías clásicas de la mecánica cuántica.
    Teoría que explica como las partículas en distintos lugares del universo pueden sufrir influencias, que especifican el salto de partículas con un SPIN entrelazado o espectral y como estas afectan el funcionamiento de los sistemas HIPER CAOTICOS. Las variables dinámicas que se toman en cuenta son, fuerzas, campos, espacio y energía que desde el punto de vista de la teoría forman el tejido espacial. Suponiendo que la cantidad de energía define la posibilidad de creación de átomos y partículas. Adicionalmente las fuerzas tensoras por interacción se friccionan produciendo distintos tipos de efectos sobre el sistema en general.
    TEORIAS DE VACIOS DINAMICOS (MECÁNICA CUÁNTICA).
    Basadas en las teóricas clásicas de la interacción de campos.
    En sistemas los vacios que se producen por el roce dinamo pueden desde el punto de vista teórico producir la extinción. Basados en este supuesto se desarrolla esta teoría que explica como las fuerzas dinámicas influyen sobre el sistema que en general produce fluctuaciones que tienden a llenar los vacios.
    Teléfonos: 04244476262
    Teoría: Juan Carlos Vallejos.
    Amateur.

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